Revisada como ha sido, el Escrito contentivo de Subsanación de Acusación Privada presentado por el Abogado ANTIMIDORO FLORES, Apoderado Judicial de la ciudadana: AIXA MARCELINA PADRON DE JIMENEZ , quien es venezolana, de mayor edad, titular de la cédula de identidad nro. 7.299.364 asistida por el abogado en ejercicio JOSE GREGORIO PADILLA GORDILLO cuyo domicilio procesal es en la calle 26 entre carrera 18 y 19 edificio 26 piso 3 oficina Nª36 Barquisimeto este Tribunal a tenor de lo establecido en el artículo 409 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Admite la acusación privada interpuesta, con lo cual se tienen a la acusadora como parte querellante para todos los efectos de este juicio.-
2.-Se ordena la citación personal del acusado a la siguiente dirección Parroquia Unión , Barrio San José calle 5 con carrera 3 casa Nº 5-58 de Barquisimeto Estado Lara , mediante boleta de citación, a los fines de que designen defensor, y una vez juramen.....