Con fundamento en los anteriores razonamientos, oídas las exposiciones de las partes y sus alegatos, así como la Admisión de Hechos por parte del acusado y la no oposición de la representación fiscal, este Tribunal de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal de Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos:
PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos SILVA RAFAEL EDUARDO, Venezolano, titular de la cédula de identidad 16.642.320, natural de Barquisimeto, fecha de nacimiento 04/01/84, de 26 años de edad, Profesión u Oficio: Comerciante, residenciado en la Urbanización Villa Grupuscular sector S, casa Nº 14, Barquisimeto Estado Lara. Teléfono: 0414-5245431/0251-5121867; y PACHECO ESCALONA ALEXIS ANTONIO, Venezolano, titular de la cédula de identidad 17.852.850, natural de Barquisimeto, fecha de nacimiento 20/08/84, de 26 años de edad, Profesión u Oficio: Comerciante, .....