Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 3 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano WILLIANS ARGENIS BRAZON GUZMAN , en el delito de PORTE ILCIITO DE ARMA DE FUEGO establecido en el articulo 277 del Código Penal . Así mismo se ordena el cese de las medidas cautelares y por consiguiente la libertad plena sin restricción de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena la entrega del arma de fuego UN ARMA DE FUEGO, tipo revolver, calibre 38 mm, marca Jaguar, de color gris con empañadura de plástico de color negro, de fabricación argentina , serial Nª 104123, contentivo en su interior de seis (6) cartuchos del mismo calibre sin percutir ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Lara a fin de que entregue la referida arma al ciudadano WI.....