Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio N º 2, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE a los ciudadanos JESUS ENRIQUE RAMOS TORREALBA, ALEXANDER RAFAEL RODRIGUEZ ADARFIO y ROSELIANO SEGUNDO RODRIGUEZ GIL, anteriormente identificados, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, en concordancia con el último aparte del artículo 80 y el artículo 82 ejusdem, para los tres acusados, y para el ciudadano JESUS ENRIQUE TORREALBA, además el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO (artículo 278 del entonces Código Penal), en virtud de los hechos que le imputara el Ministerio Público y que no quedaron demostrados en el debate probatorio y cuya autoría, por ende, no le puede ser atribuida, en consecuencia s.....