Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
Primero: Se declara extinguida la acción penal y en consecuencia se decreta el Sobreseimiento de la Causa, a favor de la ciudadana SUGEID DEL CARMEN GIMÉNEZ, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 ordinal 6° en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Se ordena la libertad plena de la acusada desde la sala de audiencias.
Publíquese, regístrese, en Barquisimeto, a los 13 días del mes de enero de 2006.