En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano, YHOAN PASTOR CASTILLO, Titular de la Cedula de Identidad Nº 20.186.162, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo, 409 del Codigo Penal Venezolano vigente, A CUMPLIR LA PENA DOS (02) años y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN.
SEGUNDO: Se acuerda el cese de toda medida de presentación hasta tanto el Tribunal de Ejecución que por distribución corresponda, establezca el modo de cumplimiento de la pena.
TERCERO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución correspondiente una vez cumplido el lapso legal.-
Remítase Copia Certificada a la División de Antecedentes Penales, del Ministerio Para.....