Por todos los razonamientos antes expuestos Oídas las Exposiciones de las Partes y sus alegatos, así como la Admisión de Hechos por parte de los acusados y la no oposición del la Representación Fiscal, este Tribunal de Juicio No. 02, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los Siguientes Términos
CONDENA PRIMERO: este Tribunal pasa a sentenciar el acusado FRANKLIN GREGORIO ALVARADO CAMACARO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha, a cumplir una pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION
SEGUNDO: Se acuerda mantener la medida privativa de libertad, hasta tanto el Tribunal de Ejecución Nº 3, establezca el modo de cumplimiento de la pena. Remítase el presente asunto al Tribunal de Ejecución Nº 3, a los fines de ser acumulado a la causa P-06-1565
Igualmente se le condena al cumplimiento de las accesorias de ley de conformidad con lo estable.....