En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, declara el DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL DE PRIVACION DE LIBERTAD que en fecha 27/05/07 fue dictada en contra de los acusados: ANDY RAFAEL GONZALEZ ANTEQUERA y DANIEL JOSE ROA COLMENAREZ plenamente identificados en esta decisión, y a quienes se les sigue proceso de enjuiciamiento por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, hechos previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal y 264 de LOPNA. SEGUNDO: A los fines de garantizar las resultas del proceso, se ordena la SUSTITUCION de la Medida de Coerción Personal Privati.....