Por las razones supra indicadas, el Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y CON LA AUTORIDAD QUE LA LEY LE CONFIERE DECLARA: PRIMERO: Con Lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO formulada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público, en relación al ciudadano CARLOS ALBERTO CASTRO COLMENAREZ, ya identificado; de conformidad con lo establecido en el Articulo 318 ordinal 1º, del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión decretada en fecha 21-04-2010 en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO CASTRO COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.552.895. TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión y líbrese el oficio respectivo a los fines de informar a los organismos de seguridad que la orden de aprehensión de fecha 21-04-10 fue dejada sin efecto.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Veintinueve (29) días del mes de Abril del 201.....