Por los fundamentos de hecho y de Derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: CONDENA al ciudadano CAMACARO CORDERO CARLOS ALBERTO titular de la cédula de identidad Nº V- 21.503.251, fecha de nacimiento: 17/ 5/1989, de 20 años, de ocupación verdulero, de estado civil soltero, hijo Carlos Alberto Camacaro Gómez y Noreima Josefina Cordero Díaz, residenciado en la Av. Principal con calle 7 del sector la nueva esperanza, casa S/N, casa tipo rancho, al frente esta construyendo, de la parroquia tamaca, manifiesta: 0251-6118911(Tía Milexa Cordero), a cumplir la pena de UN (01) AÑO CON SEIS (6) MESES de prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal. SEGUNDO: Se mantiene la medida de coerción personal que .....