DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Mixto Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CONDENA al acusado: BEOMAR JOSÉ VARGAS YÉPEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.445.136, venezolano, fecha de nacimiento 16-12-1978, soltero, 29 años de edad, oficio pintor (latonero), hijo Omar Antonio Vargas y Esperanza de las Mercedes Yépez, residenciado Vereda 4 entre calles 6 y 7, La Municipal, cerritos blanco, punto referencia atrás de la iglesia Misión Cristiana para el Mundo. Barquisimeto Estado Lara. Teléfono 0416-3529169, a sufrir la pena de DOS (2) AÑOS Y NUEVE (9) MESES DE PRISION, MAS LAS PENAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de.....