Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA la prescindencia de los Jueces Escabinos a los efectos del Juzgamiento de los ciudadanos los ciudadanos JEFFERSON ALBERTO JURADO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad Nº 20.017.550, ALBERT ANTHONY MACHO ACACIO, titular de la cédula de identidad Nº 18.530.979, por los delitos de Secuestro en grado de cooperadores, Asociación para Delinquir y Uso de adolescente para delinquir, previstos y sancionados en los artículos 460 del Código Penal, artículo 6 de la Ley Orgánica sobre la Delincuencia Organizada y artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, respectivamente, garantizándose la vigencia de una justicia expedita, sin dilaciones indebidas que perm.....