En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: Admite en todas y cada una de sus partes la acusación presentada por la representación de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Lara en contra del ciudadano ELIO JOSE CARMONA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.429.538, de 44 años, nacido en Duaca el 16-01-1966, de ocupación funcionario policial, de estado civil casado, hijo de Luís Beltran Carmona y Maria Delfina Giménez de Carmona (+), residenciado Ruezga Norte, sector III, avenida 5, vereda 16, Nro 02, punto de referencia: a dos metros de un Barrio Adentro. Teléfono: 0251-8661111; por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo. SEGUNDO: En base a la ad.....