DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones anteriormente expresadas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N°1 de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a decidir de la siguiente manera:
PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano: RAY JOSE MORALES MORILLO, Venezolano, de 19 años de edad, estudiante, titular de la Cédula de identidad Nro.17.853.550, con domicilio en la cale 2 con carrera 2, Nº 02-10 de Lomas Verdes de Barquisimeto del Estado Lara por la comisión del delito de “CIERRE DE VIA DE CIRCULACION TERRESTRE”, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 357 del Código Penal, a la pena de Cuatro (04) años de prisión mas las accesorias de ley previstas en el articulo 16 ejusdem.
SEGUNDO: Se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Proc.....