Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N. 9 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, en los términos expuestos en la decisión, a la Ciudadana HAZLE ANDREINA SANTELIZ GIL, plenamente identificado en autos, a quien se le sigue proceso de enjuiciamiento por la comisión del delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 37 del reformado Código Orgánico Procesal Penal y 42 y subsiguientes en relación con el artículo 553 del actual Código Procesal Penal. Manténgase las presentes actuaciones en el Archivo central, hasta tanto se cumpla el lapso de seguimiento y control impuesto. Ofíciese a la Unidad de Apoyo Institucional a los fines del seguimiento de ley.