DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control Nº 9 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3 y 4, del Código Orgánico Procesal Penal como es la presentación cada 08 días ante la Oficina de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos. A favor del ciudadano LIMER ESTERLEE PÉREZ TORRES, ampliamente identificado en auto por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, con la Agravante establecida en el articulo 46 Numeral 5to Ejusdem.
SEGUNDO: Se acuerda que el presente asunto se tramite por vía del Procedimiento Or.....