DISPOSITIVA
Con fundamento a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ACUERDA: la devolución inmediata en calidad de depósito del vehículo solicitado, cuyas características, y determinaciones legales son las siguientes: Marca: Ford; Modelo: F-350; Año:1972; Color: verde; Tipo: camión al ciudadano ARGENIS COLMENAREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.551.771, actuando en su carácter de propietario del referido vehículo; o en su defecto al representante legal Abogado Christian Peña, con la expresa obligación de no venderlo, ni enajenarlo bajo ninguna modalidad o condición y además comprometiéndose a presentarlo por ante la Fiscalía del Ministerio Público o éste Tribunal de Control, las veces que sea requerido, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se acuerda oficiar al Es.....