Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley expide MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS, a favor del ciudadano RUBEN DARIO AZUAJE, identificado con cédula de identidad No. 7.321.934, actualmente recluido en la sede de la Comandancia de Policía, a la orden de la Gobernación del Estado Lara, por lo que se ordena la inmediata libertad del precitado ciudadano, de conformidad con lo establecido en los artículos 38,39 y 42 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales en relación con el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-