este Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Control del Circuíto Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la DEVOLUCION DEL VEHICULO descrito en la presente decisión, al ciudadano RAFAEL ANTONIO RODRÍGUEZ ALVARADO, plenamente identificado en esta decisión, por haber acreditado suficientemente el derecho que se subroga. Devuélvasele igualmente, previa certificación, los documentos originales que corren insertos a los folios 81 al 94 del presente asunto. Ofíciese al Encargado del Estacionamiento Concordia, a los fines de cumplir la presente decisión. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 311,312 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal.