D I S P O S I T I V A
Este Juzgado de Control Nº 9º, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda revisar la medida impuesta en su oportunidad a los imputados LANDY ASLEY LARSEN PIRELA, NIELS WINTHER, titulares de las cédulas de identidad Nº 10.432.848 y 13.742.393, fundamentada en los artículos 8, 9 y 10 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo articulo 256 ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndoles como medida cautelar las PRESENTACIÓNES PERIODICAS CADA OCHO (08) DIAS ANTE LA TAQUILLA DE PRESENTACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE MARACAIBO ESTADO ZULIA Y LA PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS SIN AUTORIZACIÓN DEL TRIBUNAL. Notifíquese a las partes. Líbrese Boleta de Libertad. Ofíciese a la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial de Maracaibo Estado Zulia participándole lo aquí decidido. Publí.....