PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de Decaimiento de la Medida de Coerción Personal, de presentación periódica ante la taquilla de presentación del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, incoada por la Defensa Técnica de la imputada de autos.-
SEGUNDO: A los fines de garantizar su sometimiento al proceso, se le imponen a la imputada: ROSA LUISA OBREGO, titular de la Cédula de Identidad Nº 7391219, la Medida Cautelar establecida en el ordinal 9º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la obligación de presentarse las veces que así lo requiera el Tribunal, y la Fiscalia del Ministerio Publico.
TERCERO: Todo de conformidad con los artículos 244, 256, ordinal 9no del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.