PRIMERO: De conformidad con el numeral 1 del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal: SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los fines de juzgar al acusado: EDWAR JOHAN PERAZA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.849.782, domiciliado en la urbanización Terepaima, cabudare avenida 3 con calle 5 numero de casa 98-71, de Barquisimeto del Estado Lara.-
SEGUNDO: De conformidad con el numeral 2 del artículo 331del Código Orgánico Procesal Penal: EL ACUSADOS SERÁN JUZGADOS POR EL HECHO PUNIBLE ATRIBUIDO EN EL ESCRITO ACUSATORIO presentados por la Fiscalía del Ministerio Publico.-
TERCERO: De conformidad con el numeral 3 del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal: EN CUANTO A LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LAS PARTES: Se admiten parcialmente los medios probatorios ofrecidos por la Fiscalía del Ministerio Público en el escrito acusatorio, así como las pruebas ofrecidas por los abogados defensores por ser útiles, necesarias, lícitas y per.....