DISPOSITIVA.
Con fundamentos a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: La Devolución inmediata en Calidad de Depósito del vehículo solicitado cuyas características y determinaciones legales son las siguientes: MARCA: FABRICACIÓN NAC.; MODELO: 3ER20; AÑO: 2002; COLOR: NARANJA; CLASE: REMOLQUE; TIPO: BATEA; USO: CARGA; SERIAL DE CARROCERÍA: BATV220004; SERIAL DE MOTOR: NO PORTA, PLACAS: 61L-ABB; al ciudadano, JESUS ANTONIO GONZALEZ CAMACHO, quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Numero V- 2.754.422, de esta ciudad de Barquisimeto; con la expresa obligación de No Venderlo, Ni Enajenarlo bajo Ninguna Modalidad o Condición y además comprometiéndose a presentarlo por ante la Fiscalía del Ministerio Público o éste Tribunal de Control las veces que se requerido, de confor.....