Visto el oficio Nº LAR-2-3762-08 presentado ante este Despacho por la Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Segundo del Ministerio Público representado por la Abg. CRISTINA CORONADO ASUAJE, donde notifica que en fecha 23 de Mayo de 2008, se decretó el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano OSCAR WLADIMIR RAMIREZ, por la presunta comisión de uno de los delitos de previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal de Control N° 9 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ordena el cese de toda medida cautelar decretadas contra el ciudadano OSCAR WLADIMIR RAMIREZ, quien reside en la Ruezga Norte, sector 3, casa Nº 14, vereda 18, casa Verde. Notifíquese a las p.....