DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Control administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas impuestas en el presente caso a los ciudadanos RAFAEL CHAVEZ ESCALONA, RAMON ANTONIO ESCALONA y JOEL JOSE SILVA RODRIGUEZ, quienes son mayores de edad, venezolanos, portadores de las cédulas de identidad Números V-14.593.325, V-15.579.945, y V-18.689.377, respectivamente. Notifíquese a las partes. Regístrese y publíquese.