/Este Tribunal en funciones de Control N°8 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se acuerda con fundamento en lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, prolongar el lapso de presentación cada veinte (20) días al ciudadano LUIS GUILLEN BARRERA, identificado en autos; por ante la taquilla de presentaciones del tribunal ratificando la obligación de dar cumplimiento a la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta de conformidad con el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda librar oficio notificando a las para partes. Publíquese y regístrese. Cúmplase.