DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.8 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano RAMIRO ANTONIO SALAZAR ARIAS, titular de la cedula de identidad N° 3.322.360, de este domiciliado, en la calle 25 con carrera 23 24, Nº 23-50, Barquisimeto, Estado Lara. Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial CONCORDIA, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del Vehículo CLASE: CAMIONETA, MARCA: FORD, MODELO: EXPLORER, TIPO: STATION WAGON, USO: PARTICULAR, COLOR: BLANCO, PLACAS: BAD33D, AÑO 1996, a el mencionado ciudadano en CALIDAD DE DEPÓSITO. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.