/Este Tribunal de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, la Entrega del Vehículo: Cédula o RIF J314252305, Serial de Carrocería 8XGP270Y0XV043275, Placa 97JDAH, Marca MACK, Serial del Motor E74006A1075 (hoy 5552M 4257 5797), Modelo MACK LD CORTO 9, Año 1999, Color BLANCO, Clase CAMION, Tipo CHUTO, Uso CARGA, Directamente en Propiedad a la empresa TRANSPORTE EL AGUACATE, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Trujillo, en fecha 27 de Julio de 2004, anotado bajo el Nº 23, Tomo 9-A, actuando en su nombre y representación los abogados PEDRO PEÑALVER Y PEDRO ALEJANDRO PEÑALVER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.538.487 y 7.400.416, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 5401 y 56.280, respectivamente, seg.....