Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 8 Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara INADMISIBLE el Recurso de Habeas Corpus intentado por la ciudadana YELENA CECILIA MARTINEZ GONZALEZ a favor del mencionado ciudadano JEAN CARLOS GARCIA ampliamente identificado, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 23, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 1, 2, 38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales; en virtud de que el mismo no se encuentra recluido en la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara. Notifíquese de la Decisión al Fiscal Sexto del Ministerio Publico del Estado Lara y al solicitante ciudadana Yelena Martínez. Consúltese esta decisión a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial, en su oportunidad legal confo.....