/Este Tribunal de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano RAFAEL PASTOR MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº 4.734.368, de conformidad con el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Le impone la Medida de Seguridad de Cura o desintoxicación del sujeto consumidor, conforme al numeral 2 del artículo 71 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, la cual cumplirá en la Dirección de Prevención y Tratamiento del Uso Indebido de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas del estado Lara, ubicado en la carrera 17 entre calles 41 y 42 de esta ciudad. TERCERO: Se ordena el cese de las medidas cautelares sustitutivas de libertad impuestas, establecidas en los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Código O.....