/, este Tribunal Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: SE ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al imputado WILMER JESUS CAMPOS RIERA cédula de identidad N° V-16.932.302, contenidas en el Articulo 256 ordinales 4 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO previsto y sancionado en el artículo 9 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor del Código Penal. Se acuerda el Procedimiento Ordinario. Y así se Decide. Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Cúmplase.