este Tribunal de Control N° 08 d este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal penal, CONDENA al ciudadano. DEIVIS JOSE SOTO LOPEZ, cédula de identidad N° 18.950.785, de 20 años de edad, de profesión u oficio Carpintero, fecha de nacimiento 06-02-85, dirección Carrera 3 entre 6 y 7 N° 3-46 del Barrio El Carmen de esta ciudad, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS de prisión, en virtud de la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal Vigente para la época de comisión del delito , más las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano, la cual deberá cumplir en el Centro Penitenciario que determine el Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal se mantiene la medida ca.....