/Este Tribunal en funciones de Control N° 8 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, la sustitución de la Medida de Detención Domiciliaria por una menos gravosa, al ciudadano DANNY PASTOR HERNADEZ, ya identificado en autos, correspondiente a la de presentación periódica, cada ocho (08) días, por ante la taquilla de presentaciones de la URDD de este Circuito Judicial Penal con fundamento en lo dispuesto en el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Comandancia de la Fuerzas armadas Policiales de la sustitución de la Medida Acordada. Cúmplase, notifíquese a las partes y regístrese.-