este Juzgado Tribunal de Control Nro 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano, GERSON RAFAEL BARRIOS, anteriormente identificados, por la comisión del Delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES, previsto en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica sobre Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por cuanto son concurrentes los presupuestos del artículo 250 y se dan los presupuestos del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal y la misma se cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental. Manténgase la privación judicial preventiva de libertad.
Cúmplase.
El Juez de Control Nro 8