En consecuencia, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admitida como ha sido la acusación formulada por el Ministerio Público, mediante el presente auto, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: De conformidad con el numeral 1 del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal con vigencia anticipada:
SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los fines de juzgar a los acusados:
1.-) MARIANNY GABRIELA RODRIGUEZ GIL, , venezolana,
2.-) WILLIAMS RAFAEL MENDOZA AGUERO, venezolano, mayor de edad, soltero,
3.-) ADOLFO ELIAS LUCENA SILVA, venezolano, mayor de edad, soltero,
SEGUNDO: De conformidad con el numeral 2 del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal con vigencia anticipada:
LOS PRENOMBRADOS ACUSADOS SERAN JUZGADOS POR LOS SIGUIENTES HECHOS:
En .....