DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 8, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: Verificada las actuaciones presentadas por la Fiscalía del Ministerio Público se declara CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos JUAN CARLOS LOPEZ, Titular de la Cedula de Identidad Nº 20.318.316, y PITERSON ALEXANDER SUAREZ RODRIGUEZ, Titular de la Cedula de Identidad Nº 24.397.575, de conformidad con el numeral 1º del artículo 44 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE PLANTAS, previsto y sancionado en el artículo 151 primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: Se acuerda PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de ahondar en la .....