/este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de libertad peticionada por la Defensa Pública BETZABE CRISTINA COLMENAREZ MENDOZA, actuando en representación de los ciudadanos ABRAHAN J. MARTINEZ T., JOSÉ PASTOR GRANADO H., y ALEXANDER JOSÉ SIVIRA, identificados en autos, y acuerda MANTENER LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, a tenor de lo dispuesto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.