/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 8 del Circuito Judicial penal del estado Lara, ADMITE LA QUERELLA presentada por los abogados Fermín Cabrera y Luis Felipe Guanipa, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 24.198. y 102.702, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN ESTHER SILVA CARAVEDO, titular de la cédula de identidad Nº 7.393.375, actuando ésta como la legitima madre y representante legal de la niña MARÍA ANDREA PAZ SILVA, ya identificada en autos, en contra del ciudadano OSCAR ENRIQUE COROMOTO PAZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.857.600, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 376 único aparte del Código Penal venezolano vigente, en concordancia con el artículo 374 numeral 1 ejusdem, por cuanto la misma cumple con los requisitos necesarios previstos en el citado artículo 294 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se le confi.....