Se Admite totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra de el ciudadano ANDRES RAFAEL RODRIGUEZ HERNANDEZ, ya identificado, por el delito de Lesiones Culposas Viales Graves, señalado en el artículo 420 del Código Penal en concordancia con lo establecido en el articulo 415 ejusdem, así como las pruebas promovidas. SEGUNDO: Se declara Con Lugar el Acuerdo Reparatorio y en consecuencia este Tribunal le imparte su Homologación. Visto lo expuesto entre el imputado ya identificado y la victima de conformidad con el ordinal 2º del artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, TERCERO: Vista la solicitud de Extinción de la acción penal hecha por la Defensa y por el Ministerio Publico, este Tribunal lo declara Con Lugar, en virtud de lo expuesto por las partes y como acto que lleva en sí una autocomposición en materia procesal en aras de el principio de economía del proceso, y como consecuencia lógica que lleva a la extinción de la acción penal instaura.....