DISPOSITIVA
Escuchado los alegatos tanto del Representante del Ministerio Público, la Defensa y declaración del Acusado, este Tribunal de Control Nº 8, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Acuerda; PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN FISCAL presentada de conformidad con lo establecido en el artículo 313, 2 del Código Orgánico Procesal Penal, reformado con vigencia anticipada conforme a la gaceta oficial Nº 6.078 de fecha 15 de junio del 2012 en contra de la acusada REINA REBECA ROCHE CACERES titular de la cedula de identidad Nº 3.992.465, por los delitos de CORRUPCION AGRAVADA, EXPEDICION DE CERTIFICACIONES FALSAS y SUSTRACCION U OCULTAMIENTO DE DOCUMENTO PÚBLICO, previstos y sancionados en los artículos 62, 77 y 78 de la Ley contra la Corrupción SEGUNDO: ADMITE LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL, a los cuales hace suya la defensa, los cuales son útiles, fútiles y pertinentes. TERCERO: El Tribunal le cedió.....