DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nro 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley le IMPONE a los ciudadanos LUIS ENRIQUE MENDOZA MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.849.498, LUIS RAFAEL LINAREZ JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.737.686 y CARLOS ALBERTO GÒMEZ MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.679.239, LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA de conformidad con el artículo 256 ordinales 3º y 4º del plurimencionado Código Orgánico Procesal Penal, como lo Presentación cada 15 días por ante la URDD de este Circuito Judicial Penal y Prohibición de salida del Estado Lara sin la Autorización del Tribunal, por la Comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal a los dos primeros y al tercer imputado, por la Comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Provenientes de.....