DECISIÓN
Este Tribunal de Control No.7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a los fines de salvaguardar la integridad física de la víctima, ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCION POLICIAL necesarias para ciudadano José Tomas Sandoval, titular de la cédula de idéntidad Nr5.242.645, domiciliado en Cabimba, calle 2 casa s/n al lado del Galpón del IAN Parroquia Uria Municipio Simón Plana, Estado Lara y para su familia, por el lapso de tres meses, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal.