DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control N° 7, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: CONDENO al ciudadano YOLDANO JOSÉ PARRA GIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.170.807, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION; por encontrarlo culpable de la comisión del delito de Robo en la Modalidad de Arrebatón y Lesiones Intencionales Leves, previsto y sancionados en los Artículo 456 y 416 ambos del Código Penal en relación con el Art. 376 del COPP.
Remítase las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, en la oportunidad correspondiente. La defensa solicita que en el Tribunal de Ejecución la presente causa se le acumule a la causa KP01-P-2006-5028 y que su defendido sea trasladado a TOCORON, Estado Aragua por cuanto toda su familia se encuentra domiciliada en ese Estado y no cuentan con los recursos .....