DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Con Lugar el Recurso de Habeas Corpus intentado por el Abg. Roque Mujica Palma, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 23, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 1, 2, 38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a favor de los ciudadanos EDUARDO JOSE BRAVO LOPEZ C.I. N° 15.266.590 Y ELDIS RAMON TORREALBA CASTILLO, C.I. 12.935.615. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Notifíquese de la Decisión al Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Publico del Estado Lara y a las partes. Consúltese esta decisión a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial en su oportunidad legal y con.....