DISPOSITIVA
Ahora bien, acordada como fue la Medida Alternativa solicitada por el acusado y la defensa, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y siguientes del COPP, y otorgada como fue la medida solicitada le impuso un régimen de prueba de UN (1) AÑO contados a partir de la fecha en que el imputado de inicio efectivo al régimen de prueba impuesto al presentarse a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario ante el Delegado de Prueba que se les designe, y les impuso las condiciones que a continuación se especifican:
- La del ordinal 1º, residir en un lugar determinado, razón por la cual no podrá cambiar de domicilio sin previa notificación al delegado de prueba y al Tribunal.
- La del ordinal 2º, prohibición de visitar determinados lugares y personas.
- La del ordinal 8º, permanecer en un trabajo o empleo que le permita .....