DISPOSITIVA
Por razones expuestas, este Tribunal de Control N° 7 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 5° del Código Penal, en la causa seguida al ciudadano (a) Jesús Guillermo Rojas Álvarez, Jorge Enrique González y Edwin José Mendoza Calles. Notifíquese a las partes de conformidad con el articulo 181 del COPP. Notifíquese al Ministerio Público. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara. Cúmplase.