Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD en Beneficio de la imputada Eva Gabriela Pérez Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 17.259.781, venezolana, estudiante del Pedagógico, con domicilio en la carrera 13 con calle 56, edificio El Piñal apartamento N° 02, Barquisimeto Lara, por cuanto están dados los presupuestos del artículo 253 ejusdem.