DECRETA:
PRIMERO: Mantener la Precalificación Jurídica impuesta y procedente la Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados up supra identificados, PEREZ COLMENAREZ MAXIMINIANO ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº 17.101.282 y PIÑERO COLMENAREZ ALEXI ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº 17.101.267, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES RECIPROCAS, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 413 del Código Penal.
SEGUNDO: Proseguir el trámite del presente asunto por la vía del Procedimiento Abreviado, conforme a lo previsto en los artículos 372 al 375 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Imponer como Medida de Coerción Personal la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Presentación Periódica cada 30 días, po.....