DISPOSITIVA
En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara procedente la petición de la Fiscalía 1° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, y se DECRETA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 3º, 321 y 328 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 del Código Penal por el delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 de la misma norma. SEGUNDO: Notifíquese a las partes, de la presente decisión.
Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, una vez quede firme la misma. Regístrese, Publíquese y Cúmplase. Dada, f.....