En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, a los Acusados MARIN TORREYEZ ALIRIO DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad Nº 7.983.932 y VILLANUEVA MARIN LUIS ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº 18.432.504, ut supra identificados, por la comisión del delito Actividades en Áreas Especiales o Ecosistemas Naturales, previsto y sancionado en el artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente, quedando obligados por el lapso de un (01) año contado a partir de su primera presentación por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del estado Lara, 1. Residir en un lugar determinado; 2. Prestar servicios o labor al es.....